sábado, 15 de noviembre de 2014

ALUMBRADO DE CRUCE; ¿ TAMBIÉN DE DÍA?

 
 
 
Hola a tod@s!!!
 
En estos días asistimos a una campaña de la DGT que nos habla de encender el alumbrado de cruce de nuestro vehículo durante todo el día; pero, ¿Es correcto según la legislación vigente o bueno para nuestro vehículo o para el bolsillo?
 
¡Vamos a hablar sobre ello! 
 
Sobre si es conveniente la utilización del alumbrado durante las horas diurnas, casos, en los que, mas que conveniente se puede hacer necesario y vamos a averiguar si algún mito que existe del boca a boca de los conductores es cierto o no.
 
Ante todo, tenemos que tener en cuenta el objetivo principal del alumbrado de nuestro vehículo:
 
¡VER Y SER VISTOS!
 
Os he subrayado SER VISTOS porque es de lo que estamos tratando en este post, ya que para ver, todos lo ponemos en horas nocturnas; ¿cierto?
 
Nos interesa SER VISTOS!!
 
Deciros que el alumbrado, al cumplir esta doble función, se nos hace totalmente necesario también durante las horas diurnas; ya que pueden aparecer ciertos casos en los que, la no utilización del alumbrado, haga que nuestro vehículo no sea apreciado como debiera por el resto de usuarios; pero...
 
... ¿Cuáles son esos casos?
 
... ¿Te has parado alguna vez a pensar qué visibilidad tienes de otro vehículo si tú llevas los espejos retrovisores con una fina capa de polvo o gotas de agua, a los cuales, en un momento dado, les refleja el sol y el vehículo que circula detrás del tuyo es de colores claros?
 
Si el vehículo que circulase detrás del tuyo llevase el alumbrado, posiblemente tuviésemos un problema menos... ;)
 
... Cuando tenemos al sol de espaldas, nosotros vemos bien o mejor que bien; pero, ¿Te has parado a pensar qué visibilidad tiene el vehículo que viene en sentido contrario?
 
La visibilidad del vehículo que viene en sentido contrario, es nula, ¿Cierto?, ya que se encuentra deslumbrado totalmente por el sol. 
 
Si nosotros llevásemos puesto el alumbrado... facilitaríamos las cosas...
 
 
... Un vehículo circula detrás nuestro y lo hace con el alumbrado, nosotros miramos nuestro espejo retrovisor; ¿Tienes que pensar durante el mismo tiempo si está en movimiento o está parado o estacionado?
 
El tiempo de reacción se reduce, ya que el alumbrado nos ofrece una visión de "Vehículo en movimiento".
 
 
... Y TODO ESTO... ¿ES LEGAL?
 
¡¡ TOTALMENTE LEGAL!!
 
El Reglamento General de Circulación, cuando nos habla de la utilización del alumbrado, nos habla de los casos donde tenemos la obligación de utilizarlo, pero en ningún momento impone prohibiciones al resto de utilizaciones.
(Hablamos del alumbrado de cruce, eh... con respecto a las antinieblas, sí existen limitaciones... de las cuales podemos hablar otro día...)
 
 
... YA, PERO... GASTO BATERIA...
 
Totalmente FALSO.
 
Mientras el vehículo se encuentra arrancado, la electricidad que consume es la del GENERADOR.
 
La batería en esos momentos se encuentra cargándose, con lo que no consumimos de su energía, sino de la que produce el generador; y nada se gasta porque el generador, a la vez que "entrega" su energía, la produce; tal como la produce mientras llevamos la radio, cargamos el teléfono móvil o llevamos un mini ventilador en verano...
 
¿Verdad que a ninguno de vosotros se le ha ocurrido pensar en esa pobre batería mientras coloca el reproductor de cds?
 
Y para poner el alumbrado; ¿Porqué sí? ;) ;) ;)
 
 
            
             - En resumen, después de este pregunta / respuesta, con la idea de dejar casos, falsos mitos y legalidad un poco aclarados, deciros y aconsejaros que utilicéis siempre el alumbrado de cruce mientras circuláis.
 
No cuesta nada ponerlo, y porqué no, podemos incluso salvar vidas, ya que un conductor que no ve o se encuentra deslumbrado es un conductor que circula, en ese momento, con cierta "inseguridad vial"; y si le podemos ayudar un poco a ganar en "seguridad vial" mejor que mejor, ¿No?
 
Actualmente, muchos de los vehículos de nueva fabricación salen del concesionario con el llamado "alumbrado de día", que son dos luces que se activan nada mas encender el contacto de nuestro vehículo, y, que por cierto, a mi juicio, se ven bastante bien cuando circulamos.
 
Pero el resto de conductores que no disponemos de éste alumbrado, se nos hace necesario, para evitar todos los casos anteriores, y quizá, alguno más, la utilización del alumbrado de cruce.
 
Pero yo iría mas allá.
 
A la DGT le ha dado por decir que ahora, en invierno; ¿Y en verano?
 
¿Los casos que hemos visto sólo se reproducen en invierno?
 
Ése vehículo que está en la cabecera del post, circula siempre tal como lo veis, invierno, verano, y porqué no, también en otoño y primavera... y creedme... Ni me he arruinado con "el gasto", y quién sabe, a lo mejor, más de uno me ha visto mejor por sus espejos o de frente.
 
Consejo de amigo!!!!
 
Saludos.
Iker Suso
Profesor de Formación Vial
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 


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